lunes, 9 de diciembre de 2024

Custodia Compartida y el Sistema de 'Casa Nido'.

 Análisis de la Sentencia STS 1312/2024 del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, España, de 14 de octubre de 2024

1. Contexto y Materia

La sentencia aborda un caso de divorcio contencioso centrado en la atribución de la vivienda familiar en el contexto de una custodia compartida. El núcleo del debate radica en la procedencia del sistema conocido como “casa nido” frente a la solicitud de atribución de la vivienda en exclusividad a uno de los progenitores. Este modelo implica que el menor permanezca en el domicilio familiar mientras los progenitores alternan su ocupación según los turnos de custodia.

2. Antecedentes

  1. Primera Instancia: El Juzgado de Primera Instancia atribuyó la guarda y custodia del menor a la madre, junto con el uso de la vivienda familiar, fijando una pensión alimenticia a cargo del padre.
  2. Segunda Instancia: La Audiencia Provincial modificó la sentencia, estableciendo un régimen de custodia compartida semanal y el modelo de "casa nido", donde el menor permanece en la vivienda familiar y los progenitores se alternan en su uso.

3. Recurso de Casación

El padre interpuso un recurso de casación cuestionando el sistema de "casa nido" y solicitando la atribución exclusiva del uso de la vivienda, argumentando:

  • Propiedad exclusiva del inmueble.
  • Desproporción económica entre los progenitores a su favor.
  • Imposibilidad de implementar el sistema sin acuerdo ni entendimiento entre las partes.

4. Argumentación del Tribunal Supremo

Fundamentos clave:

  1. Doctrina Jurisprudencial:
    • El sistema de "casa nido" solo puede ser aplicado si existe un elevado nivel de entendimiento entre los progenitores para evitar conflictos perjudiciales para el menor.
    • Las circunstancias económicas y la propiedad del inmueble deben ser ponderadas.
    • Sentencias anteriores (STS 343/2018, 215/2019, 15/2020 y 438/2021) descartan este sistema por ser antieconómico y conflictivo si no se dan las condiciones adecuadas.
  2. Evaluación del Caso Concreto:
    • No hubo acuerdo entre los progenitores para implementar el modelo de casa nido.
    • Existía una relación conflictiva entre las partes.
    • La vivienda era propiedad exclusiva del padre, quien tenía ingresos más limitados frente a la madre.
  3. Marco Normativo:
    • El art. 96 del Código Civil no contempla expresamente la atribución de vivienda en custodia compartida, pero permite al juez valorar las circunstancias concretas.
    • Se otorga prioridad al progenitor más necesitado de protección y al interés superior del menor.

5. Decisión

El Tribunal Supremo decidió:

  • Estimar el recurso de casación del padre.
  • Revocar parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial, eliminando el sistema de "casa nido" y atribuyendo el uso de la vivienda familiar al padre.
  • Ratificar el resto de los pronunciamientos de la Audiencia.

6. Análisis Crítico

El fallo se sustenta en un análisis sólido de la jurisprudencia y los principios del interés superior del menor y proporcionalidad económica. La decisión refuerza que la "casa nido" no es viable sin un consenso claro y organización entre los progenitores, evitando imponer soluciones que generen conflicto o dificultades económicas.

7. Implicaciones Jurídicas

  • Custodia Compartida y Vivienda: La sentencia aporta claridad sobre la incompatibilidad de la "casa nido" sin un acuerdo mutuo.
  • Valoración Económica: Reitera que la atribución de la vivienda debe considerar la titularidad y la capacidad económica de las partes.
  • Conflictos Postdivorcio: Subraya la importancia de soluciones que minimicen tensiones para proteger el bienestar del menor.

8. Conclusión

La sentencia STS 1312/2024 destaca por su enfoque en la protección del menor y la justicia equitativa entre las partes. Marca un precedente significativo en casos de custodia compartida y atribución de vivienda familiar, delimitando los requisitos para adoptar el sistema de "casa nido".

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