Las medidas cautelares en el proceso civil español están
enumeradas en el artículo 727 de la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil (LEC).
Estas medidas se implementan para asegurar la efectividad del derecho a la
tutela judicial en el proceso cautelar, evitando rigideces que podrían hacer
ineficaz el resultado del proceso principal.
Tipos de medidas cautelares
1. Embargo preventivo de bienes : Se
utiliza para asegurar bienes del patrimonio del demandado, garantizando la
ejecución de sentencias de condena a la entrega de dinero, frutos, rentas y
cosas fungibles. Este embargo es decretado por el tribunal y materializado por
el Letrado de la Administración de Justicia.
- Bienes absolutamente
inembargables : Incluyen bienes inalienables, derechos accesorios, bienes sin
contenido patrimonial, bienes declarados inembargables, mobiliario y menaje del
hogar, libros e instrumentos necesarios para la profesión, bienes sacros, y
ciertos salarios y pensiones.
- Bienes embargables
limitadamente : Afectan a salarios y pensiones superiores al salario mínimo
interprofesional, siguiendo una escala proporcional para determinar la cantidad
embargable.
2. Intervención o administración
judiciales de bienes productivos : Se aplica cuando la demanda busca la entrega
de bienes productivos, asegurando su productividad durante el proceso judicial.
3. Depósito de cosa mueble : Garantiza
el estado y conservación de una cosa mueble cuando se demanda su entrega.
4. Formación de inventarios de bienes :
Refleja fehacientemente el objeto de la causa, especialmente útil en
procedimientos que involucran patrimonios o conjuntos de bienes.
5. Anotación preventiva de demanda :
Registra la existencia de un litigio sobre bienes o derechos susceptibles de
inscripción en registros públicos.
6. Otras anotaciones registrales :
Proporciona publicidad registral en casos donde se considera necesario,
independientemente del tipo de registro.
7. Orden judicial de cesar
provisionalmente en una actividad, abstenerse temporalmente de una conducta, o
prohibición temporal de interrumpir o cesar una prestación : Impone
restricciones o mandatos temporales para asegurar la efectividad del proceso.
8. Intervención y depósito de ingresos
obtenidos mediante una actividad ilícita : Asegura la percepción económica
derivada de actividades ilícitas que se pretenden prohibir o cesar.
9. Depósito temporal : Involucra el
depósito de ejemplares de obras u objetos producidos con infracción de normas
sobre propiedad intelectual e industrial.
10. Suspensión de acuerdos sociales
impugnados : Se requiere que la solicitud sea presentada por un porcentaje
mínimo del capital social, dependiendo de si la sociedad ha emitido valores
negociados en mercados secundarios oficiales.
11. Otras medidas : La LEC permite
solicitar medidas cautelares adaptadas a las circunstancias del caso, previstas
expresamente por otras leyes o necesarias para asegurar la efectividad de la
tutela judicial.
Estas medidas tienen como objetivo proteger los derechos de las partes
involucradas y asegurar que el resultado del proceso principal no sea ineficaz
debido a la falta de protección provisional durante el curso del litigio.
No hay comentarios:
Publicar un comentario